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El pasado 18 de noviembre de 2024, la Unión Europea (UE) aprobó la Directiva 2024/2853 sobre responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos (nueva Directiva) y por la que se deroga la Directiva 85/374/CEE del Consejo sobre la responsabilidad de los productos defectuosos (antigua Directiva).

Los avances tecnológicos, los nuevos productos dotados de inteligencia artificial (IA), las nuevas posibilidades de conexión entre los productos, los nuevos operadores de la cadena de producción y un entorno cada vez más globalizado y complejo hacían necesario actualizar la protección a los consumidores que, indudablemente, ha mantenido la antigua Directiva durante más de 30 años.

El impacto de esta nueva Directiva será significativo tanto para los consumidores como para los fabricantes y proveedores. ¿Habrá más costes legales, mayor número de demandas, incluso nuevas estrategias procesales?

A continuación, resumimos los cambios y aspectos más destacados que trae la nueva Directiva.

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Ámbito de aplicación

Será aplicable a los productos introducidos en el mercado o puestos en servicio después del 9 de diciembre de 2026.

Ámbito de aplicación

Directiva 85/374 (antigua): 
Artículos 1 y 2: Únicamente cubría productos físicos, limitados a bienes tangibles.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículos 1 y 2: Amplía el ámbito para incluir productos no físicos, como software, IA y servicios digitales. No aplica a los programas informáticos libres y de código abierto que se desarrollen o suministren fuera del contexto de una actividad comercial.

Diferencia: Aumenta el número de productos regulados.

Impacto: Protección ampliada para consumidores en mercados digitales. Especialmente, los productores de software y servicios digitales deben estar preparados.

Posible conflicto:

  • Confusión en qué productos no físicos están cubiertos.
  • Posible sobrecarga regulatoria. 
  • Relación con otras nuevas regulaciones de la UE

Impacto en regulaciones análogas:

  • Reglamento General de Protección de Datos (GDPR).
  • Regulación de IA. 
  • Regulación ciberriesgos.
  • Regulación seguridad productos.

Ámbito de aplicación territorial

Directiva 85/374 (antigua):
Aplica a productos comercializados dentro de la UE, no especifica nada de operadores múltiples jurisdicciones.

Directiva 2024/2853 (nueva):

  • Aplica a productos comercializados dentro de la UE. Importante hacer hincapié en la inclusión de nuevo operadores sobre los que recae responsabilidad (por ejemplo, prestador servicios logísticos, operador económico, plataformas online).
  • Artículo 3: Los Estados Miembros no mantendrán ni introducirán, en su Derecho nacional, disposiciones que se aparten de las establecidas en la presente Directiva.

 

Concepto 'producto defectuoso'

Directiva 85/374 (antigua):
Artículo 6: El "producto defectuoso" se define como un producto que no ofrece la seguridad que cabría esperar, tomando en cuenta sus características, instrucciones y el uso razonablemente previsible.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículo 7: Se amplía la definición de "producto defectuoso", considerando no solo la seguridad, sino también la sostenibilidad, la conformidad con las expectativas del consumidor y los estándares de calidad, añadiendo criterios más estrictos de desempeño.

Diferencia: La nueva Directiva introduce criterios adicionales de sostenibilidad y durabilidad, alineándose con la agenda europea de economía circular. Además, detalla cómo los productos deben cumplir con las expectativas a largo plazo de los consumidores.

Impacto: 

  • Mayor protección frente a productos defectuosos en términos de sostenibilidad, durabilidad y expectativas a largo plazo. 
  • Mayor responsabilidad de los distintos operadores.
  • Necesidad de adaptarse a nuevas expectativas de los consumidores. 

Posible conflicto: 

  • Es imprecisa: "uso razonablemente previsible y el uso indebido del producto" y opaca: "las expectativas específicas de los usuarios finales". Poco precisa en relación a la ciberseguridad.
  • La falta de precisión dará lugar a un aumento de la litigación. 

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE:

  • Alineación con la Estrategia de Economía Circular de la UE, la Directiva de Derechos del Consumidor y la legislación ambiental. 
  • También está en armonía con las regulaciones sobre productos ecológicos y la durabilidad, como las directivas de Ecodiseño y Reciclaje.

 

Tipo de daños

Directiva 85/374 (antigua):
Artículos 1 a 16: Daños materiales y personales causados por productos defectuosos. Incluye daños a la propiedad, con limitaciones.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículo 6: Se amplía para cubrir también daños a datos, software y servicios digitales defectuosos, además de los daños materiales y personales.

Diferencia: Expansión de la cobertura de daños a incluir daños económicos, psicológicos y relacionados con datos personales.

Impacto: Aumenta la protección, especialmente para usuarios de productos digitales, y adapta la normativa a la economía digital.

Posible conflicto: Posible aumento de litigios debido a la inclusión de daños psicológicos y económicos no fácilmente verificables.

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: Relacionado con el GDPR, Reglamento de Ciberseguridad (NIS2) y la Directiva sobre Responsabilidad Civil.

 

Operadores

Tipo de operadores sujetos

Directiva 85/374 (antigua): 
Artículo 3: El productor, entendido como el fabricante o importador.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículo 8: Amplía los operadores sujetos, incluyendo distribuidores, plataformas online, representantes autorizados del fabricante, operadores económicos, y proveedores de servicios.

Diferencia: Inclusión de nuevos operadores, destacamos: representante del fabricante, plataformas online y distribuidores como responsables.

Impacto: Los operadores digitales deberán ajustarse a nuevas normativas sobre responsabilidad por productos defectuosos.

Posible conflicto: Incremento excesivo responsabilidad para plataformas online que no fabrican productos, pero pueden distribuir productos defectuosos.

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: Relacionado con la Ley de Servicios Digitales (DSA) y la Ley de Mercados Digitales (DMA).

Obligaciones de los operadores

Directiva 85/374 (antigua):
Artículo 5: El productor debe garantizar que sus productos sean seguros.

Directiva 2024/2853 (nueva):

  • Artículo 11: Introduce nuevas obligaciones sobre la transparencia y la trazabilidad de los productos defectuosos.
  • Artículo 12: Responsabilidad solidaria cuando existan varios operadores. 

Diferencia: Se incrementan las obligaciones de transparencia y trazabilidad de los productos, especialmente en el ámbito digital.

Impacto: Los operadores deberán realizar un seguimiento más estricto de sus productos y servicios, con un mayor enfoque en la trazabilidad.

Posible conflicto: Confusión en la responsabilidad si los defectos provienen de plataformas que no fabrican, sino que distribuyen.

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: Conexión con el Reglamento sobre Seguridad de Productos y la Ley de Comercio Electrónico.

Defectos de información

Directiva 85/374 (antigua): 
No menciona específicamente defectos de información.

Directiva 2024/2853 (nueva): 
Artículo 7: Introduce defectos de información como causa de responsabilidad (por ejemplo, instrucciones insuficientes o erróneas).

Diferencia: Expansión del concepto de defecto para incluir defectos en la información proporcionada sobre el producto.

Impacto: Aumento de la responsabilidad de los productores por la información errónea o incompleta proporcionada al consumidor.

Posible conflicto: Dificultades para determinar la exactitud de la información proporcionada, especialmente en productos digitales o de IA.

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: Relacionado con la Ley de Prácticas Comerciales Desleales y la Directiva sobre Derechos de los Consumidores.

 

Responsabilidad

Responsabilidad de las plataformas online y operadores 'digitales'

Directiva 85/374 (antigua): 
No se menciona explícitamente la responsabilidad de las plataformas online.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículo 8: 
Amplía la responsabilidad a las plataformas online por productos defectuosos vendidos a través de ellas.

Diferencia: Las plataformas online ahora tienen responsabilidades explícitas en relación con productos defectuosos.

Impacto: Las plataformas digitales deben implementar medidas más estrictas para gestionar los productos defectuosos que venden.

Posible conflicto: Confusión sobre el alcance de la responsabilidad de plataformas que no fabrican los productos, sino que los distribuyen.

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: Relacionado con la Ley de Servicios Digitales (DSA) y la Ley de Mercados Digitales (DMA).

Responsabilidad por productos importados

Directiva 85/374 (antigua):
No se especifica para productos importados.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículos 8 y 11: 
Establece que los productos importados de fuera de la UE también están sujetos a la responsabilidad.

Diferencia: Se amplía la responsabilidad a los productos importados.

Impacto: Los importadores deben asegurarse de que los productos importados cumplan con las normativas de seguridad de la UE.

Posible conflicto: Posibles disputas sobre la aplicación de la Directiva a productos importados fuera de la UE y el cumplimiento de normas.

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: 
Relacionado con la Regulación de Comercio Internacional y las Normas de Importación de la UE.

Nuevas excepciones de responsabilidad por riesgo tecnológico

Directiva 85/374 (antigua):
Artículo 7:
 No cubre excepciones específicas para productos tecnológicos avanzados.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículos 11.E y 18:
 Introduce excepciones por productos con tecnología emergente (IA, software, algoritmos), si los riesgos no son previsibles.

Diferencia: Se introducen excepciones para productos con tecnología avanzada, como IA, donde el productor no es completamente responsable si el riesgo no es previsible.

Impacto:

  • Los productores de IA, software y tecnología avanzada tendrán más defensas frente a la responsabilidad.
  • Importante destacar que deja que los Estados Miembros decidan mantener sus sistemas jurídicos vigentes -siempre y cuando lo argumenten y cumplan ciertas medidas-.

Posible conflicto:

  • Incertidumbre sobre cuándo un riesgo es "no previsible", lo que podría generar disputas legales sobre la aplicación de excepciones.
  • Debemos esperar a comprobar que decide hacer cada Estado Miembro. 

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: Relacionado con el Reglamento de IA y las Normas de Ciberseguridad.

Responsabilidad por servicios digitales

Directiva 85/374 (antigua):
No se especifica para servicios digitales.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículo 8: Introduce la responsabilidad por productos defectuosos en servicios digitales, como IA, algoritmos y plataformas online.

Diferencia: Expansión de la responsabilidad para incluir defectos en servicios digitales.

Impacto: Los proveedores de servicios digitales deberán asumir responsabilidades por sus servicios, no solo por los productos.

Posible conflicto: Confusión en la determinación de qué constituye un "servicio defectuoso" en el ámbito digital.

Relación con otras nuevas regulaciones de la UE: Conexión con la Ley de Servicios Digitales (DSA) y la Ley de Mercados Digitales (DMA).

 

Cuestiones procesales

Carga de la prueba

Directiva 85/374 (antigua):
Artículo 4: Establece que el demandante debe probar la existencia del daño, defecto y relación causal.

Directiva 2024/2853 (nueva):

  • Artículo 10: Inversión parcial de la carga de la prueba, especialmente cuando el producto defectuoso se relaciona con un defecto de diseño o fabricación.
  • Artículo 9: Prevé que los órganos jurisdiccionales puedan, a petición del reclamante, solicitar al demandado la exhibición de las pruebas que se consideren pertinentes.

Diferencia: Obligación de revelación para el demandado de todas las pruebas necesarias para respaldar una reclamación, siempre que no se trate de información confidencial o de secretos comerciales.

Impacto: Facilitaría la reclamación de los consumidores, reduciendo obstáculos en casos complejos de productos defectuosos.

Posible conflicto:

  • Imposición para el fabricante difícilmente justificable y que podría convertirse en una carga excesiva.
  • Marco demasiado amplio, la obligación de descubrimiento de facto podría alterar el equilibrio de intereses y la distribución de riesgos entre consumidores y fabricantes.
  • Poco comprensible en un sistema de responsabilidad objetiva. 

Sistema de presunciones

Directiva 85/374 (antigua):
No se especifica.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Artículo 10:
 Introducción de presunciones, facilitando la reclamación para los consumidores, sobre todo en casos de defectos complejos o tecnológicos. Se presume el defecto cuando se dan ciertas condiciones, como la existencia de un daño en un contexto predefinido.

Diferencia: Se introduce la prueba indirecta, permitiendo que el demandante pueda basarse en inferencias razonables, como la naturaleza del producto, las circunstancias del daño y las pruebas técnicas previas, facilitando así la demostración del defecto.

Impacto: Facilita las reclamaciones para los consumidores, ya que las presunciones y la prueba indirecta permiten establecer el defecto de manera más accesible y flexible, reduciendo la carga probatoria.

Posible conflicto: Los fabricantes podrían enfrentar un aumento en la carga de la prueba, ya que tendrán que contradecir las presunciones de defectos en lugar de limitarse a defenderse de pruebas directas.

Prescripción y caducidad

Directiva 85/374 (antigua):
3 años/10 años.

Directiva 2024/2853 (nueva):
Nuevo plazo de caducidad de 25 años para los daños personales latentes.

Impacto: Particularmente relevante en el sector farmacéutico.

Posible conflicto: Posible aumento de demandas y costes de prevención. 

 

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