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Con fecha 22 de mayo de 2015, se ha publicado en el BOE, la Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos ("LSH"), y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos (la "Ley 8/2015"). La Ley 8/2015 entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, salvo el Título II (medidas tributarias y no tributarias en relación con las exploración, investigación y explotación de hidrocarburos) que entrará en vigor el 1 de enero de 2016, con la excepción del Capítulo III que regula el canon de superficie que es de aplicación desde el día siguiente al de su publicación en el BOE.
La Ley 8/2015 tiene, entre otros, los siguientes objetivos:
En relación con el primer objetivo (i.e. mercado mayorista de gas natural)
En relación con el segundo objetivo (i.e. existencias mínimas de seguridad)
A continuación, presentamos un breve análisis de los aspectos más destacados de la reforma de la LSH en relación con la creación del mercado mayorista de gas natural, las existencias mínimas de seguridad y otras obligaciones para los comercializadores de gas natural.
Para leer el e-bulletin completo, pinche aquí.
The contents of this publication are for reference purposes only and may not be current as at the date of accessing this publication. They do not constitute legal advice and should not be relied upon as such. Specific legal advice about your specific circumstances should always be sought separately before taking any action based on this publication.
© Herbert Smith Freehills 2024
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